Certificaciones
Contables
Ingresos, origen y licitud de fondos o manifestación de bienes. Elegí la tarea que necesitás, completá el formulario y adjuntá la documentación para que podamos revisar tu caso.
¿Qué necesitás certificar?
Seleccioná una opción para abrir el formulario específico. Los plazos son estimativos y corren desde que recibimos toda la documentación necesaria.
Certificación de Ingresos
Para acreditar ingresos personales o profesionales ante bancos, inmobiliarias, organismos, operaciones comerciales u otras entidades.
Urgente: 24/48 hs sujeto a documentación
Origen y Licitud de Fondos
Para documentar el origen económico de fondos destinados a una compra, inversión, aporte, transferencia u otra operación determinada.
Manifestación de Bienes
Detalle patrimonial a una fecha determinada: inmuebles, vehículos, saldos, inversiones, créditos, otros activos y, cuando corresponda, pasivos.
Calculá el honorario de Certificación de Ingresos
Ingresá el monto mensual que necesitás certificar y elegí el plazo. El sistema te muestra directamente el honorario profesional estimado.
Certificación de Ingresos
El cálculo es orientativo y queda sujeto a revisión de la documentación y complejidad del caso.
Antes de solicitar una certificación
Seleccioná el tema. Estas respuestas son generales; la documentación definitiva depende del destinatario, el período, la operación y el criterio profesional aplicable.
¿Qué acredita una Certificación de Ingresos?
Documenta ingresos declarados por el titular y respaldados mediante información y comprobantes que el contador puede verificar dentro del alcance del encargo.
¿Para qué me la pueden pedir?
Es habitual en créditos, alquileres, garantías, trámites bancarios, operaciones patrimoniales, migraciones o presentaciones ante entidades privadas.
¿Qué documentación tengo que presentar?
Depende de la fuente de ingresos. Puede incluir facturas, recibos, registraciones, extractos, declaraciones juradas impositivas, contratos y otros comprobantes.
¿Sirve si soy monotributista o profesional independiente?
Sí. La posibilidad de emitirla depende de que los ingresos del período solicitado puedan ser respaldados razonablemente con documentación suficiente.
¿Puedo pedirla “ante quien corresponda”?
Si la certificación será legalizada ante el Consejo, debe identificarse un destinatario concreto. Por eso el formulario solicita la entidad que recibirá el documento.
¿Puedo certificar cualquier monto?
El monto debe ser consistente con la documentación y los procedimientos que permitan respaldarlo. Si la evidencia no resulta suficiente, puede ser necesario ajustar el alcance o completar información.
¿Cuánto tarda?
La entrega estándar prevista por Prieto Contadores es de 3 a 5 días hábiles desde que la documentación está completa. En casos aptos se puede solicitar prioridad de 24/48 hs.
¿La legalización del CPCECABA está incluida?
No. El honorario profesional publicado no incluye aranceles ni el trámite de legalización/certificación de firma ante el CPCECABA.
¿Qué es una certificación de origen de fondos?
Es una intervención profesional sobre una declaración del titular respecto del origen de fondos aplicados a una operación determinada, acompañada por evidencia respaldatoria.
¿Cuándo pueden pedírmela?
Puede solicitarse en operaciones inmobiliarias, automotores, inversiones, aportes de capital, transferencias u otras operaciones en las que una entidad requiera justificar el origen económico de los fondos.
¿Alcanza con firmar una declaración jurada?
No necesariamente. Para la intervención profesional deben existir respaldos del origen declarado; el tipo de evidencia depende de la fuente y de la operación.
¿Qué puede servir como respaldo?
Por ejemplo, documentación de ingresos, extractos, venta de bienes, contratos, donaciones, sucesiones, préstamos, dividendos o inversiones. La suficiencia se evalúa caso por caso.
¿Puedo justificar fondos provenientes de varias fuentes?
Sí, pero conviene identificar cada fuente, su importe aproximado y su documentación para poder reconstruir el total aplicado a la operación.
¿Qué pasa si parte de los fondos está en dólares o proviene del exterior?
Puede requerir documentación adicional sobre titularidad, movimientos, conversión, procedencia y, según el caso, otros elementos formales. Se analiza individualmente.
¿El contador “garantiza” la licitud del dinero?
La tarea profesional se basa en la declaración del titular, la documentación disponible y los procedimientos aplicables; no reemplaza controles de organismos, bancos, escribanías u otros sujetos obligados.
¿Cuánto demora?
Estimamos de 3 a 7 días hábiles desde que la información está completa. Casos con múltiples fuentes o movimientos pueden requerir más análisis.
¿Qué es una Manifestación de Bienes?
Es una declaración patrimonial a una fecha determinada en la que se identifican bienes, derechos y, cuando corresponde, deudas, con respaldo documental.
¿Qué bienes puedo incluir?
Inmuebles, vehículos, saldos bancarios, inversiones, créditos, participaciones societarias y otros activos que puedan identificarse y documentarse.
¿También se incluyen deudas?
Cuando la finalidad lo requiere, pueden detallarse préstamos, hipotecas, prendas, saldos u otros pasivos con su respaldo correspondiente.
¿A qué fecha se confecciona?
Debe definirse una fecha de referencia. Los saldos y valuaciones deben corresponder o poder vincularse razonablemente con esa fecha.
¿Cómo se determina el valor de los bienes?
Depende del objeto del encargo, de la documentación disponible y del criterio de valuación que corresponda informar. Por eso el formulario solicita el detalle de cada activo.
¿Qué documentación necesito?
Puede incluir escrituras, títulos, informes de dominio, cédulas, resúmenes bancarios o de inversiones, contratos, comprobantes de deuda y otros respaldos.
¿Es lo mismo que un balance?
No necesariamente. Una manifestación de bienes es una declaración patrimonial con un alcance específico; no equivale por sí sola a estados contables auditados.
¿Cuánto tarda y está incluida la legalización?
El plazo estimado es de 3 a 5 días hábiles con documentación completa. El presupuesto no incluye aranceles ni legalización/certificación de firma ante el CPCECABA.
¿No sabés cuál necesitás?
Contanos qué organismo, banco, escribanía o entidad te pidió y para qué operación.
